19/07/2024
Tras la publicación del Decreto 57/2024, de 29 de mayo, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Profesiones del Deporte de la Comunidad de Madrid, los monitores, entrenadores y preparadores físicos deberán realizar unos trámites previos con la Comunidad de Madrid para poder desarrollar la actividad profesional en los clubes de la Real Federación de Fútbol de Madrid.
En aras a facilitar los trámites ante la Comunidad de Madrid, adjuntamos el protocolo y demás documentación que la RFFM ha elaborado para que los monitores, entrenadores y preparadores físicos puedan realizarlos a través del Comité de Entrenadores.
Adjuntamos el Protocolo de habilitación y comunicación previa para entrenadores, monitores y preparadores físicos y anexos:
PLAZO
La RFFM tramitará aquellos expedientes que le sean solicitados por los federados interesados hasta las 23:59 horas del lunes 2 de diciembre de 2024
ESPECIFICIDADES
Los monitores y entrenadores que han venido desarrollando la actividad desde antes del 15 de diciembre de 2016 (aún cuando no dispongan de titulación oficial ni no oficial) han de acompañar su solicitud con un certificado expedido por la RFFM acreditativo de la experiencia mínima de 600 horas conforme a los registros obrantes en la propia Federación
Para cualquier duda o aclaración, el Comité de Entrenadores de la RFFM está a su disposición a través del correo:
ENLACES DE INTERÉS: